¿Qué tal Amigos, como van sus ventas?
El día de hoy les traemos un tema por demás interesante para la mayoría de los que vendemos en la plataforma de Amazon México y es que siempre me hacen preguntas acerca de impuestos y hoy les hablaré un poco de como se aplican los impuestos para los Vendedores de Amazon
El porqué de esta nueva retención
En junio de 2020 la Secretaría de Administración Tributaria genera un nuevo régimen llamado Régimen de Enajenación de bienes y/o prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares (facilito de aprender, no) . Dejémoslo solo en “Plataformas Digitales”.
La idea es que las empresas extranjeras que enajenan bienes comiencen a pagar IVA por los servicios ofrecidos, así también si la plataforma ofrece algún tipo de intermediación tendrán que retener tanto el IVA como el ISR a las personas físicas que creen bienes a través de ellos
Dicho lo anterior plataformas como Amazon, Mercado Libre, Uber, Didi entre muchas otras comenzaron a retener una fracción del IVA e ISR y estos impuestos recaudados serán considerados como pagos anticipados en tus declaraciones mensuales
Así se retendrá el IVA
En cuanto al IVA se retiene de la siguiente manera
- RFC registrado a nombre de una entidad o negocio (persona moral): 0 %
- RFC registrado a nombre de una persona física: 50 %
- RFC no registrado o inválido: 100 %
Es por lo anterior que debes tener si o sí registrado tu RFC en las plataformas, de lo contrario te “vacunarán” retendrán el 100% del IVA
Registra tu RFC
En caso de que no tengas registrado tu RFC en Amazon sigue estos pasos en tu Seller Central:
- Ve a Configuración > Información de cuenta.
- En Información fiscal, haz clic en Número de RFC.
- Completa el formulario Información de RFC.
- Haz clic en Enviar.
- Haz clic en Seleccionar archivo para cargar la Constancia de Situación Fiscal (CSF).
Volviendo al Tema del IVA
Toma en cuenta que los ingresos de las apps no son tributables en el Régimen de Incorporación Fiscal, por lo que será necesario actualizar tus actividades económicas y obligaciones fiscales, sin embargo no es necesario darte de baja de éste régimen, solo tendrás que aumentar tus obligaciones o en otras palabras adicionar el nuevo régimen de plataformas.
Recuerda que esta retención se aplica a todos los vendedores que envían desde y hacia una dirección dentro de México, por lo tanto, si eres de México, pero vendes en USA, esta ley no aplica y tendrás que declararlo en algún otro régimen como el RIF o el nuevo RESICO (para más información de RESICO haz clic aquí)
En cuanto a Amazon se refiere (y es el que nos importa en este blog) se creará un certificado de retención el último día del mes por los montos que se remitan al Servicio de Administración Tributaria. El certificado de retención se publicará en la Biblioteca de documentos fiscales (pestaña “Facturas fiscales mexicanas”) durante los primeros 10 días de cada mes.
Un ejemplo con Manzanitas
Supongamos que eres una persona física y vendes en la plataforma de Amazon, recuerda que si eres persona moral tampoco aplica este ejemplo ya que NO te retienen IVA.
Pero bueno, volvamos, supongamos que vendes un artículo en $300 MXN, este precio ya incluye IVA que en México es de un 16%, por lo cual el precio desglosado sería
Precio Producto = $252 MXN
IVA = $48 MXN
Precio Total = $300 MXN
En tu constancia de retención (siempre y cuando hayas registrado tu RFC) se mostrará que te retuvieron $24 MXN equivalente al 50% del IVA, el otro 50% restante del IVA se incluirán en los ingresos de la venta para que posteriormente tú los remitas al SAT (guiño guiño)
Y que hay del ISR?
En el 2021 se hizo un ajuste a las tasas de retención y en nuestro caso como vendedores de plataformas entramos en el apartado de “enajenación de bienes y prestación de servicios” por lo cual solamente se hará una retención del 1%
Conclusiones
Si aún te duele la cabeza de tanto mareo y no terminaste de entender muy bien todo el tema de impuestos referente a las plataformas digitales en Amazon o simplemente quieres que alguien lleve éste tema por ti, te recomendamos te acerques a un experto en la materia.
BrosEmprenden recomienda el despacho de contadores de Konta ellos son expertos contables y pueden hacer todo el tema de impuestos en línea, no necesitas verlos físicamente.
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Nos leemos en la próxima
Fuentes:
http://omawww.sat.gob.mx/plataformastecnologicas/Paginas/PersonasFisicas/personasfisicas_inicio.html
Hola Ricardo, ¿al precio de venta siempre se le debe añadir el 16% del IVA, o solo el 8%?
Lo que sucede es que si le aumento el 16% prácticamente en ningún producto de los que he revisado alcanzo los precios que maneja la competencia, pareciera que ellos nunca pagan IVA. Y entonces nunca voy a tener la buybox (solo quitándole el IVA alcanzaría los precios de la ‘oferta destacada’).